¿Cuándo acudir a urgencias?


    ¿Cuándo acudir a urgencias?

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    Las salas de urgencias suelen estar llenas, a tal punto que, tan solo en Bogotá, el hacinamiento de los hospitales de la red pública llega al 100 %, según cifras proporcionadas por la Secretaria Distrital de Salud de Bogotá. Aprende a conocer las razones por las cuales debes ir.

     Se considera una urgencia cuando la vida de una persona está en riesgo. Es decir, algún órgano vital presenta alteraciones que afectan la integridad física o mental de una persona. Sin embargo, la mayoría de ciudadanos asisten por síntomas que pueden ser atendidos progresivamente.

    Para el médico Fabián Rosas, presidente de la Asociación Colombiana de Especialistas en Urgencias y Emergencias, “los pacientes desconocen su estado clínico y piensan que cualquier síntoma pone en riesgo su salud”, aumentando así las fallas en la prestación del servicio.

    Resfriados, querer una incapacidad médica, control por enfermedades crónicas y tener resaca por el consumo de bebidas alcohólicas son dolencias por las cuales no se debe acudir a urgencias, sino a consultas prioritarias o externas.

    Las personas que hacen esto, se les prolonga el tiempo de espera debido a que sus síntomas no requieren atención inmediata y ponen en riesgo la vida de personas que sí necesitan este servicio.

    Triage en urgencias Colombia

    El Ministerio de Salud y Protección a través de la Resolución 5596 de 2015 cuenta con los siguientes criterios para la clasificación de los pacientes en el servicio de urgencias:

    ● Triage I: se requiere atención inmediata. La vida del paciente presenta alto riesgo. Puede necesitar reanimación por problemas respiratorios, hemodinámicos o neurológicos.

     ● Triage II: paciente que requiere una atención en máximo 30 minutos porque puede presentar un rápido deterioro, muerte o pérdida de un órgano.

    ● Triage III: la persona se encuentra estable, pero necesita un examen o tratamiento complementario porque su situación puede empeorar.

    ● Triage IV: no representa un riesgo para la vida de la persona. Sin embargo, puede presentar complicaciones. Por eso, requiere atención menor a una hora.

    ● Triage V: el paciente presenta un problema crónico que no compromete su vida ni el funcionamiento de sus órganos. Requiere atención en dos horas.

    Si a una persona la clasifican en el triage IV o V no se considera una urgencia sino que puede ser atendido en una consulta prioritaria. A continuación, conoce cómo funciona el servicio de urgencia de Compensar:

    https://www.youtube.com/watch?v=n2ILumg41Cs

    El presidente de la Asociación Colombiana de Especialistas en Urgencias y Emergencias, Fabián Rosas, recomienda averiguar el nivel de complejidad del centro médico al que se van a dirigir, ya que hay instituciones de salud que no cuentan con la capacidad para atender urgencias de alta complejidad.

    Por esta razón, Gladys Parra, coordinadora de auditoria ambulatoria de Compensar asegura que, “la Red de Instituciones de Urgencias POS está diseñada para que las personas que viven en el sur, norte u occidente de la ciudad puedan asistir a prestadores de salud que manejan complejidad media- baja como la Cruz Roja Colombiana Seccional Cundinamarca, sede calle 145, Alquería y calle 68”.

    Si una persona queda inconsciente, pierde abundante sangre, se fractura los huesos, tiene una herida profunda, presenta quemaduras severas o ha sufrido algún accidente que compromete su vida, debe ir inmediatamente a urgencias. “En el caso de enfermedades mentales como depresiones severas también se recomienda ir a urgencias”, concluye Parra.

    No olvides consultar la Red de Instituciones de Urgencias POS de Compensar, para estar preparado ante cualquier emergencia. Recuerda que cuando esta en riesgo tu vida, sí debes acudir a urgencias. De lo contrario, asiste a consultas prioritarias.

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